OBSERVATORIO LEGISLATIVO EN SALUD. MAITE. RESOLUCIÓN 2626 DE 2019, MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL.

Nuevo documento que modifica la Política de Atención Integral en Salud (PAÍS) y adopta el Modelo de Acción Integral Territorial (MAlTE).

La Resolución 2626 de 2019 adopta el Modelo de Acción Integral Territorial (MAITE), el cual modifica la Política de Atención Integral en Salud (PAIS) y el Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS), convirtiéndose en la nueva orientación para la organización y prestación de los servicios de salud en Colombia.

Esta resolución 2626 de 2019, deroga integralmente las resoluciones 429 de 2016 y 489 de 2019.

POLÍTICA PAÍS

Para la implementación y el seguimiento de la Política de Atención Integral de Salud y el Modelo MAITE, serán las entidades territoriales, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) tanto de naturaleza pública como privada o mixta, quienes tengan a su cargo acciones en salud relacionadas con la promoción, mantenimiento de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, paliación y lo relacionado con la muerte digna, en condiciones de accesibilidad, aceptabilidad, oportunidad, continuidad, integralidad y capacidad resolutiva.

Estrategias

1.    Atención Primaria en Salud (APS). Con tres componentes integrados e interdependientes: servicios de salud, la acción intersectorial y la participación social comunitaria.

2.    Gestión integral del riesgo en salud. Seguimiento, monitoreo y evaluación de los riesgos para la salud de las personas, familias y comunidades, orientado al logro de resultados en salud de la población.  

3.    Enfoque de cuidado en salud. Tiene que ver con las decisiones y acciones que el individuo, la comunidad y el Estado adopten para proteger la salud propia, de las familias, de la comunidad y del territorio.

4.    Enfoque diferencial de derechos. Reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, etnia, discapacidad o víctimas de la violencia que las ubican en situación de desventaja y mayor vulnerabilidad para el ejercicio del derecho a la salud, por lo cual es preciso generar garantías especiales y esfuerzos encaminados a la eliminación de las mismas.

OBJETIVO GENERAL DEL MAITE

El objeto del nuevo modelo es enfrentar los problemas de descoordinación, fragmentación y dispersión que se presentan en el país.  El MAITE, lo presenta el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS), como el instrumento de gestión para mejorar las condiciones de salud de la población a través de acciones coordinadas entre los agentes del sistema de salud, actores de otros sistemas y las comunidades, bajo el liderazgo de la entidad territorial, identificando prioridades y estableciendo acciones operativas a través de acuerdos con el MSPS.

Objetivos específicos:

Estará conformado por el conjunto de acciones y herramientas que, a través de acuerdos interinstitucionales y comunitarios, orienten de forma articulada la gestión de los integrantes del Sistema de Salud en el territorio para responder a las prioridades de salud de la población y de este modo contribuir a su continuo mejoramiento, la satisfacción de las necesidades de atención en salud de los ciudadanos y a la sostenibilidad del sistema, bajo el liderazgo del departamento o distrito.

Igualmente, el Modelo MAITE, busca unificar los elementos y acciones que proporcionen el desarrollo de herramientas (planes, programas, proyectos, normas, documentos técnicos y ejecuciones) en el marco de ocho líneas de acción:

1. Aseguramiento

2. Salud Pública

3. Prestación de servicios

4. Talento Humano

5. Financiamiento

6. Enfoque diferencial

7. Articulación intersectorial

8. Gobernanza

Talento Humano

Educación Interprofesional en Salud (EIP).

La línea de acción sobre Talento Humano incorpora la Educación Interprofesional en Salud EIP, que busca fortalecer las competencias y la capacidad resolutiva del talento humano ya disponible, para la implementación efectiva de la plataforma estratégica de la PAIS, centrada en las personas, familias y comunidades, respondiendo a las necesidades en salud de la población, y reconociendo sus potencialidades a través de acciones de formación en trabajo conjunto con las instituciones formadoras de talento humano en salud.

FASES DEL MAITE

El plan de acción territorial deberá desarrollarse en las siguientes fases: Planeación, Ejecución y Monitoreo.

Planeación – Plan PAIM

En la primera fase las entidades departamentales y distritales de salud, con el acompañamiento del MSPS, tendrán un plazo de seis (6) meses, contados a partir de la posesión del respectivo gobernador y alcalde, para la formulación y adopción del Plan de Acción e Implementación del MAITE (PAIM). Durante este proceso, la entidad territorial deberá presentar a informes bimestrales con el propósito de establecer los grados de avance de la formulación del plan.

Ejecución

En esa fase se implementará el Plan PAIM y el departamento o distrito trabajarán con las autoridades municipales o locales para su ejecución. La vigencia del Plan PAIM, será de cuatro (4) años.

Monitoreo

Durante esta fase se efectuará la verificación trimestral del avance en cada uno de los compromisos establecidos en el PAIM. La entidad territorial reportará al Ministerio, el resultado del monitoreo, dentro de los treinta (30) días siguientes a su vencimiento de cada trimestre.

Ajuste del Plan

De igual manera, el documento resalta que, en el tercer trimestre de cada año, los departamento o distritos harán una revisión integral del Plan de Acción e Implementación del MAITE – PAIM y en caso de determinar la necesidad de realizar modificaciones para su ejecución, las entidades territoriales efectuarán los ajustes que consideren necesarios.

Así mismo, estipula que el Plan de Acción e Implementación del MAITE- PAIM que adopten las entidades territoriales en la vigencia 2019, se irá accionando de manera gradual y continua, con ejecución hasta junio de 2020.

Incorporación de los desarrollos del MIAS en el MAITE.

El Modelo de Acción Integral Territorial- MAITE incorporará los desarrollos de los componentes del Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS), por lo que las obligaciones de orden contractual, los compromisos y las demás actuaciones que se hayan gestado a partir de tal Modelo, antes de la entrada en vigencia de la Resolución 2626/2019, continuarán su ejecución y se entenderán como complementarios del MAITE.

Los actos administrativos y demás documentos que se hayan adoptado con el propósito de dar aplicación al MIAS, así como las herramientas desarrolladas por el Ministerio, se integrarán a una o varias de las líneas mínimas de acción del Modelo MAITE y se indicarán dentro del Plan de Acción PAIM.

Diferencias entre el MIAS y el MAITE

No considero que sean muchas, más bien parece un desarrollo del anterior modelo, un poco más práctico y concreto. Su esencia, que son las rutas de atención en salud, sigue invariable y, al imponer términos, plazos e informes, obligan a las entidades territoriales a cumplir lo programado.

De igual manera, el modelo permite que, en el tercer trimestre de cada año, los departamento o distritos hagan una revisión integral del Plan de Acción del PAIM-MAITE y, en caso de determinar la necesidad de realizar modificaciones para su ejecución, las entidades territoriales podrán hacerlo.

Resumen elaborado por:

Herman Redondo Gómez

OBSERVATORIO LEGISLATIVO EN SALUD

Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá -CMCB

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