Intervención del Presidente del Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá ante Comisión Séptima de Cámara sobre Proyecto de Ley 010/425 de 2020

Sobre la Política de Estado de Seguridad Sanitaria y la comisión intersectorial para su orientación, seguimiento y evaluación

Voy a referirme al Artículo 12 que crea la Comisión intersectorial para la orientación, seguimiento y evaluación de la Política de Estado de Seguridad Sanitaria.

Comienzo manifestando que es esta Ley que se va aprobar, es para lo mismo que la Ley ya tiene establecido desde hace años. En nuestro país nos toca hacer leyes para que se cumpla la Ley y los derechos de los ciudadanos. Luego es completamente inoficiosa.

Existe una comisión intersectorial de Salud Pública definida en la Ley 1438/2011 y reglamentada con el Decreto 859/2014, en su Art. 3 nos conforma la misma comisión cuyos integrantes se reúnen como en un consejo de ministros y que deberían de reunirse cada 6 meses en forma ordinaria y extraordinariamente cuando se necesite, con informes periódicos al COMPES y cada 4 años el gobierno debe hacer una evaluación integral. Han pasado más de 8 años y nada de nada. ¿Quién nos dice que esta otra comisión si va a funcionar? Les podemos creer

Recordemos que dicha comisión intersectorial de salud pública tiene como objetivo principal la intervención de los determinantes sociales, buscando una evaluación continua nacional y territorial, articulada con un enfoque de planeación frente a las acciones, metas, resultados, evaluación.

Este artículo nos permite señalar 2 temas:

El primero es como nos separan lo inseparable, las emergencias sanitarias (en este caso la pandemia) de la SP; y

Lo segundo, que en las comisiones intersectoriales no existe participación ciudadana, es una reunión más de los mismos con los mismos.

Con relación al primer tema: En la pandemia se ha venido demostrando que su manejo debe ser integral, pero en nuestro país existe una separación de la Salud Pública (SP) de la Pandemia.

Durante la pandemia, en lugar de fortalecer la SP que fundamentalmente son acciones colectivas, se hace énfasis a las medidas individuales, por eso es la visión de entregar todo al Aseguramiento privado y la intervención a las EPS. Entre más se fortalece el aseguramiento privado menos SP se obtiene. Son dos conceptos mutuamente excluyentes.

Esta concepción no ha permitido crecer la Atención Primaria en el país, que debe articularse en el territorio, con una relación estrecha con la SP que es la promoción y la prevención, frente a las condiciones socioculturales de la población.

Un ejemplo concreto en Bogotá existe 400 equipos de vacunación financiados por recursos de actividades colectivas, pero ese recurso no puede dedicarse a vacunar Covid, ya que la vacunación Covid se financia con recursos de actividades individuales. En lugar de fortalecer nuestro plan nacional de vacunación (PAI), incluir la de COVID y aprovechar los buenos resultados y años de experiencia, para su fortalecimiento, se elabora un plan paralelo específico para COVID. Todo se fundamenta en la oportunidad de negocio y eso lo da la pandemia.

Con relación al segundo tema, nos hacemos siempre la pregunta, el por qué no existe la participación social, de la ciudadanía, de la academia, de los cuidadores, de los pacientes (los que deben ser el centro del sistema), de los trabajadores de la salud, en los diferentes organismos que analicen y saquen lecciones aprendidas de lo que llevamos de pandemia.

Al no tener participación de la ciudadanía, lo que sale como resultado de dicha comisión intersectorial, no se hace para las necesidades de la ciudadanía, sino a la medida de los dueños del poder.

El derecho a la participación ha sido reconocido desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, en cuyo artículo 21 se expresa que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.

Recordemos que la gobernanza tiene tres pilares fundamentales:

  1. Participación social, la que encontramos en el actual modelo, ni en la propuesta de ajuste
  2. Representar y agrupar a los múltiples actores
  3. y la toma de decisiones

Si la gobernanza se basa en esos tres pilares fundamentales, nos dará como beneficio:

  1. Decisiones argumentadas y legítimas,
  2. Consenso en la implementación de políticas públicas
  3. y confianza de los actores en las instituciones.

Este tema de participación también tiene relación con el Art. 16 de las medidas sanitarias, en su inciso b “establecer estrategias de comunicación e información en salud”.

Lo que hemos tenido hasta la fecha en comunicación e información en salud, es una pedagogía centrada en la respuesta tecnológica en salud pública. Le apostamos siempre a lo que se conoce como “la bala de plata”, la salvadora.

Al inicio de esta emergencia sanitaria, toda la estrategia de comunicación e información estuvo centrada en los ventiladores mecánicos y UCI, nuestros salvadores: importaciones, inventarios, imágenes, fotos de la llegada y de la entrega.

Ahora lo que nos salva es la vacunación, vuelven las fotos y la entrega de vacunas como trofeos.

¿En dónde se ha convocado a todos los actores académicos, sociales, ciudadanos para construir en conjunto, esta estrategia de comunicación e información?

¿Cuál mensaje y cuál medio de comunicación ha generado un cambio de conducta?

¿Cómo se logra? Conociendo a su propia comunidad, identificando los pares a nivel local.

La enfermedad del Covid es diferente en las zonas urbanas, en las zonas rurales, en las zonas de conflicto.

Para mucha gente el virus no es su principal preocupación, está el desempleo, las condiciones de vida, la inseguridad generada por las bandas criminales, luego no se puede llegar a todas partes con el mismo mensaje.

En conclusión, esta Ley no aporta ninguna solución real para el sistema de salud. Se utilizan todos estos artículos y capítulos como elementos distractores para esconder la verdadera intención de la Ley:
Fortalecer el aseguramiento privado en salud, al escalar la Ley 100 a un nivel extremo que podríamos llamar la Ley 100 versión 2 o «recargada». Negocio casi exclusivo para el capital financiero nacional e internacional, con las siguientes características:

  • Concentrar el negocio en pocas EPS conformando verdaderos oligopolios. Como analogía en salud vamos a quedar iguales a como estamos actualmente con las empresas de celulares, esas empresas son dueños de cada uno de nosotros. Es una economía corporativa
  • Abrirse al máximo a la inversión extranjera
  • Liquidar la red pública o entregarla a las alianzas públicas privadas
  • Al regionalizar, se hace entrega del trabajo de las pequeñas IPS, consultorios y el ejercicio privado de los barrios y de las poblaciones más apartadas, a las EPS, terminando con el ejercicio liberal de la medicina
  • Entregarle facultades al MSPS para: Disminuirle la cobertura de servicios a la UPC para igualarla por lo bajo, entre el contributivo y subsidiado, para reducir servicios y generar mayores utilidades, a la EPS
  • Reconocerle mayores recobros o pagos por servicios por fuera del POS a las EPS
  • Se Crea el fondo de garantías del sector de salud, pero ¿de dónde van a sacar el pago de la prima de dicho seguro las EPS? de más negación de servicios y de más contención del gasto
  • Se incluye en el régimen de insolvencia a las EPS para eludir el pago de las deudas pendientes y les permiten cada día comportarse igual a una empresa de carácter comercial, con la diferencia que en las EPS el 100% de sus recursos son públicos
  • Y la joya de la corona la conformación de conglomerados empresariales en salud para que funcionen con la lógica de matrices y subordinación, es decir terminar de legalizar la verdadera integración vertical y horizontal. Se hace realidad el sueño de Carlos Palacino (Holding de SaludCoop) la integración vertical y horizontal, que lo único que le falto tener, fue funerarias y planes exequiales.

Esta es la columna vertebral del Proyecto de Ley 010 del Senado y 465 de la Cámara.

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